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Aborto: los tres casos no bastan


La hidrocefalia no es fatal para un niño, así que la mujer que acaba de pedir a su EPS el acceso a servicios de aborto porque su feto tiene hidrocefalia podría no estar cubierta por la despenalización parcial que existe actualmente. Por supuesto, Su Excelencia Reverendísima Monseñor Alejandro Ordóñez tenía que meterse en el tema, y ha pedido a la Corte Constitucional que aclare cuándo sí y cuándo no hay riesgo para la vida del feto.

Normalmente esto sería una petición inofensiva: hay una norma que no está suficientemente definida, y el Procurador quiere mayor claridad. Pero sabiendo a quién tenemos de Procurador, tenemos que suponer una intención menos inocente. El tipo quiere estorbar el acceso al aborto estrechando los límites de los casos actualmente permitidos. La clase de respuesta que pide el Procurador haría obligatoria una valoración médica y un estimado de supervivencia para cada solicitud de aborto terapéutico, pero la medicina no es una ciencia exacta, y por precisos que sean los términos de una norma judicial, nunca alcanzarán a cubrir todos los casos límite que podrán presentarse. El resultado será que los médicos, por miedo a hacer declaraciones absolutas, recomendarán no practicar abortos cuando los fetos tengan enfermedades que no parezcan extremadamente serias.

Solo la despenalización completa acabaría con esa ambigüedad artificial. Seguimos esperando.

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